CAPITULO XXVI: USO DEL GIMNASIO
ARTÍCULO 72. El uso del Gimnasio y los equipos que hacen parte de esta tienen un costo mensual del 5.94% de una cuota de administración vigente por persona y es para uso de todo el grupo familiar mayores de 15 años. Esta cuota es para sostenimiento y mantenimiento de los equipos del gimnasio, será ajustada anualmente de acuerdo al incremento autorizado por la Asamblea General Ordinaria de copropietarios para el presupuesto de ingresos y gastos de cada año o periodo fiscal. Sera cobrado a través de la cuenta de cobro de administración.
PARÁGRAFO: El número de personas visitantes que se permiten por apartamento es una (1), es obligatorio que esté presente un (1) residente o propietario del conjunto con su invitado al momento de realizar el uso del Gimnasio.
HORARIOS
ARTÍCULO 73. El horario de uso de la zona de Gimnasio será de lunes a domingo de 05:00AM a 10:00PM.
DISPOSICIONES ESPECIALES.
ARTÍCULO 74. Sin prejuicio de lo establecido específicamente en el Reglamento de Uso del Gimnasio antes mencionado, las siguientes reglamentaciones mínimas son de obligatorio cumplimiento:
- Todo menor de 15 años de edad deberá estar acompañado por un adulto responsable de su integridad personal y del buen uso del equipo.
- Prohibido consumir comidas, ingerir bebidas alcohólicas, uso u consumo de sustancias alucinógenas, fumar y/o ingresar al gimnasio bajo el efecto de sustancias alucinógenas.
- Las maquinas se deben dejar en perfecto estado de aseo una vez hayan sido utilizadas.
- Las maquinas no podrán ser usadas por más de 30 minutos cuando hay personas en espera.
- Prohibido arrojar las pesas o mancuernas al piso.
- La música debe ser a volumen razonable para no molestar a los residentes.
- Indispensable el uso de indumentaria adecuada para la actividad física.
- Todo usuario debe utilizar toalla de uso personal para limpiar sudor y humedad causada a las maquinas después de su uso
- Cualquier daño causado por mal uso será responsabilidad del usuario
PARÁGRAFO: El no cumplimiento de estas normas podrá tener por sanción la pérdida de ingreso al Gimnasio por el tiempo que establezca el Consejo de Administración.