CAPITULO XX: MANEJO DE LAS BASURAS Y ESCOMBROS
ARTÍCULO 54: Todos los residentes podrán eliminar sus residuos con la observancia estricta de los siguientes parámetros:
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Utilizar las bolsas plásticas debidamente anudadas, cuyo tamaño no obstruya el shut de basuras.
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No deberá arrojarse en el cuarto de basuras o en los shut de basuras colillas de cigarrillos encendidos, ni desperdicios de comida que no esté contenida en bolsas plásticas bien cerradas; tampoco, deberá sacudirse las bolsas de las aspiradoras en los shut de basuras y/o el cuarto de basuras.
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No arrojar al cuarto o shut de basuras materiales como vidrio, escombros o sustancias corrosivas, que puedan obstruirlo, causarle deterioro. o accidente al personal que manipula los residuos.
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Las basuras o residuos no podrán depositarse en los hall, ni en zonas comunes, parqueaderos etc., diferentes al shut de basuras para tal fin.
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Los residentes depositaran en el cuarto de basuras, bolsas que contengan vidrio debidamente rotuladas, las bolsas de gran tamaño y cartones grandes previamente plegados. En caso de no caber por la ventanilla, se debe ingresar por la puerta del shut y no dejarla fuera de este.
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Está prohibido arrojar basuras, colillas de cigarrillos, papeles, y ninguna clase de objetos o desperdicios, por las ventanas de las unidades privadas, a los patios y hall de uso común del Conjunto.
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Se tendrán en cuenta las disposiciones ambientales para la disposición de los residuos en forma correcta.