Manual Convivencia


CAPITULO XIX: MANEJO DE LAS BASURAS Y ESCOMBROS

ARTÍCULO 52: Todos los residentes podrán eliminar sus residuos con la observancia estricta de los siguientes parámetros:

  1. Utilizar las bolsas plásticas debidamente anudadas, cuyo tamaño no obstruya el shut de basuras.
  2. No deberá arrojarse en el cuarto de basuras o en los shut de basuras colillas de cigarrillos encendidos, ni desperdicios de comida que no esté contenida en bolsas plásticas bien cerradas; tampoco, deberá sacudirse las bolsas de las aspiradoras en los shut de basuras y/o el cuarto de basuras.
  3. No arrojar al cuarto o shut de basuras materiales como vidrio, escombros o sustancias corrosivas, que puedan obstruirlo, causarle deterioro. o accidente al personal que manipula los residuos.
  4. Las basuras o residuos no podrán depositarse en los halls, ni en zonas comunes, parqueaderos etc., diferentes al shut de basuras para tal fin.
  5. Los residentes depositaran en el cuarto de basuras, bolsas que contengan vidrio debidamente rotuladas, las bolsas de gran tamaño y cartones grandes previamente plegados. En caso de no caber por la ventanilla, se debe ingresar por la puerta del shut y no dejarla fuera de este.
  6. Está prohibido arrojar basuras, colillas de cigarrillos, papeles, y ninguna clase de objetos o desperdicios, por las ventanas de las unidades privadas, a los patios y hall de uso común del Conjunto.
  7. Se tendrán en cuenta las disposiciones ambientales para la disposición de los residuos en forma correcta.

 

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