Manual Convivencia


CAPITULO XVII: ASEO AREAS COMUNES

ARTÍCULO 50: Es de obligatorio cumplimiento:

  1. Mantener el aseo de las zonas comunes.

  2. Clasificar las basuras e introducirlas en bolsas apropiadas, debidamente cerradas y luego ser depositadas en el shut de basuras. No se deben dejar cajas, bolsas u otros objetos en pasillos, escaleras y zonas comunes del conjunto.

  3. Arrojar basuras por las ventanas de los apartamentos, colillas de cigarrillos, papeles, pañales y demás desechos, o utilizar las zonas comunales públicas o privadas como "sanitario" de sus mascotas.

PARÁGRAFO: Los jardines, los pasillos y escaleras de apartamentos, hacen parte de las zonas comunes y como tal, se les debe dar un tratamiento adecuado, por tanto, se prohíbe dejar residuos de materiales en el frente en caso de remodelación, y dejar muebles y enseres en el exterior de la unidad residencial.

 

ARTICULO 51. CONTROL DE PLAGAS 

Para efectos del presente reglamento, se entiende por control de plagas el conjunto de acciones, técnicas y procedimientos orientados a prevenir, controlar, reducir o eliminar organismos tales como insectos, roedores, hongos y otros agentes biológicos que puedan afectar la salud humana, las zonas comunes, las unidades privadas o las estructuras del edificio o conjunto residencial. Dichas acciones deberán ejecutarse mediante métodos físicos, biológicos y/o químicos, de conformidad con la normativa sanitaria vigente y, preferiblemente, bajo esquemas de Manejo Integrado de Plagas (MIP).

Objetivos del Control de Plagas. El control de plagas tendrá como objetivos principales: 

a) Proteger la salud de los residentes, previniendo la propagación de enfermedades transmitidas por vectores.

b) Proteger las edificaciones, instalaciones y bienes comunes y privados, minimizando daños estructurales o materiales.

c) Mantener ambientes seguros, higiénicos y saludables para la convivencia.

 

1. Mantenimiento en Zonas Privadas (Interior de los Apartamentos): El inquilino o propietario será responsable del control y erradicación de plagas dentro de su unidad habitacional cuando estas se originen como consecuencia de la falta de higiene, acumulación de basura, descuido, negligencia o incumplimiento de las normas de convivencia. En tales casos, el residente deberá asumir íntegramente los costos y las gestiones necesarias para su solución.

2. Mantenimiento en Zonas Comunes (Pasillos, Sótanos y Zonas Verdes): La administración será responsable de la gestión, contratación y financiación de los servicios de control y erradicación de plagas en las zonas comunes del edificio o conjunto, los cuales deberán ejecutarse conforme a los protocolos sanitarios, ambientales y de seguridad vigentes. Dichos servicios se realizarán con una periodicidad mínima semestral o anual, o cuando las condiciones lo requieran, debiendo contratarse empresas especializadas y debidamente habilitadas para garantizar el cumplimiento de la normativa aplicable.

PARAGRAFO: La negativa injustificada a realizar el debido mantenimiento al interior de los apartamentos será considerada como incumplimiento del reglamento interno y dará lugar a las sanciones correspondientes. (dos cánones de administración vigentes)

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